Regulación Para Mundos Digitales: El Mundo Comunitario
(Regulation of Online Worlds: The Community World)
Erick Iriarte Ahon*
Table of Contents: |
Cite as: E Iriarte Ahon, "Regulación Para Mundos Digitales: El Mundo
Comunitario", (2005) 2:1 SCRIPT-ed 114 @: <http://www.law.ed.ac.uk/ahrc/script-ed/vol2-1/digitales.asp>
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© Erick Iriarte Ahon 2005. This work is licensed through
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Abstract
This article provides a jurisprudential and philosophical
look at the problem of the regulation of online worlds and the digital domain.
From a general proposition of the themes of regulation and the possible
theoretical framework that can be used to tackle such subjects, the author goes
into an analysis of specific regulatory solutions to solve the apparent anarchic
nature of the internet. This is done by proposing the community model of
regulation in local and regional governments to implement Information and
Communication technologies (ICTs) as a possible way to provide a solution to the
solution to the problems described. |
“El principio del gobierno democrático es la libertad
(…) Resulta de esto que en la democracia el ciudadano no está
obligado a obedecer a cualquiera; o si obedece es a condición
de mandar él a su vez; y he aquí cómo en este
sistema se concilia la libertad con la igualdad.(…) Todos los
ciudadanos deben ser electores y elegibles. Todos deben mandar a cada
uno y cada uno a todos, alternativamente. Todos los cargos deben
proveerse por suerte, por lo menos todos aquellos que no exigen
experiencia o talentos especiales. No debe exigirse ninguna condición
de riqueza, y si la hay ha de ser muy moderada. Nadie debe ejercer
dos veces el mismo cargo, o por lo menos muy rara vez, y sólo
los menos importantes, exceptuando, sin embargo, las funciones
militares. Los empleos deben ser de corta duración, si no
todos, por lo menos todos aquellos a que se puede imponer esta
condición. Todos los ciudadanos deben ser jueces en todos,
o por lo menos en casi todos los asuntos, en los más
interesantes y más graves, como las cuentas del Estado y los
negocios puramente políticos; y también en los
convenios particulares (..)”
Aristóteles, “La Política”, Libro
Séptimo, Capítulo 1.
1. Introducción
Cuando Aristóteles planteaba la democracia consideraba como pilar o eje del proceso democrático el que “(…) Todos los ciudadanos deben ser jueces en todos (..) los asuntos, en los más interesantes y más graves, como las cuentas del Estado (…)”. De haber vivido en nuestra época, Aristóteles hubiese agregado como epígrafe… “y por cualquier medio disponible”. La Tecnología en general es un instrumento que le hombre ha utilizado tanto para desarrollarse e integrarse, como para ocultar información o tergiversarla, haciéndolo a nivel de individuos o a nivel de colectivos (agrupaciones, empresas, gobiernos), la tecnología nos puede esclavizar o nos puede liberar, de esta manera somos claros en expresar que la tecnología per se no es buena ni mala, pero tampoco es neutra: desde el momento que los seres humanos le incorporamos una carga, deja de ser neutra.
“El principio del gobierno democrático es la libertad (…)”, Aristóteles tenía claro que la democracia se ejerce en un marco de libertad, pero dicha libertad requiere de instrumentos para ejercerse, y el principal insumo para ejercer la libertad es la información, siendo pues el eje de esta “nueva sociedad”: la información; para poder ejercer nuestra libertad democrática se requiere de la información, esta información emanada desde aquellos que ejercen el poder: el gobierno nacional, el gobierno regional, el gobierno local.
Ya desde tiempos antiguos el saber de las “cuentas públicas” era necesario para un adecuado equilibrio de las fuerzas políticas, siendo que los ciudadanos no tenían mayor acceso a esta información en aquellas épocas. Han sido los desarrollos sociales quienes han implicado necesidades de información, que han conllevado una mayor participación de los ciudadanos en las actividades públicas, es decir la premisa es: mayor acceso a la información generaría mayor participación ciudadana, pero falta agregar que no es solo cuestión de acceso a la información, sino que dicha información sea útil, en el momento adecuado, y en un lenguaje que el ciudadano la pueda “aprehender”.
Con los avances de la democracia en los últimos siglos, y con el avance de las tecnologías en las últimas décadas, el ciudadano se encuentra en un sitio privilegiado, porque vuelve a tener acceso a la información, de manera directa, cual “ágora” donde la información fluía porque era requisito básico para el sostenimiento de aquella democracia ateniense, y que al igual que en aquella época debe nacer desde el poder/el gobierno la información, es decir el ciudadano tiene el derecho a recibir la información que el gobierno tiene el deber de publicar y difundir. El Internet es un “ágora” moderna, y el gobierno se encuentra en la obligación de brindar información por este medio, en un proceso cíclico en el cual el poder concentrado en el “almacenaje de información” (cuando no ocultamiento de la misma), ya no tiene sentido, sino, dejarla fluir, para que los ciudadanos puedan participar en la toma de decisión, es decir estamos frente a un replanteamiento del proceso de “elegir representantes y olvidar”, cambiándolo por el de “elegir representantes y participar.”
El hecho que el gobierno brinde la información se enmarca en el concepto de Transparencia de la Gestión Pública, un concepto que expresa el control real por parte de los gobernados (los ciudadanos), de las actividades y acciones que realiza el gobierno. Las palabras aristotélicas son totalmente vigentes en este respecto. La Transparencia de la Gestión Pública, pues no solo se enmarca en brindar información, sino brindarla de forma oportuna y de una forma libre de acceso, y de modo tal que al ciudadano le pueda servir; esto genera disminución de los circuitos de corrupción, así como beneficia las actividades gubernamentales al tener un mejor “feed-back” para con el ciudadano.
Un ejemplo de lo que puede ocurrir con las “buenas intenciones” es el caso peruano sobre acceso a la información pública. No se puede negar una intención, tanto del gobierno de transición del Dr. Valentín Paniagua , como del actual gobierno, de que el ciudadano se encuentre en una posición de conocimiento de la realidad. Más estas “intenciones” se encuentran con un serio problema: la normativa no da un real acceso a la información pública, la misma que impide que el ciudadano pueda ejercer sus derechos constitucionales, y por ende que este impedido de ejercer su libertad democrática de una manera completa.
El derecho de acceder a la información pública esta contemplado a nivel constitucional y a nivel de la Carta Universal de los Derechos Humanos. Es pues un derecho primordial del ser humano, y más aún en sociedades denominadas democráticas, que si le incluimos el factor tecnológico resulta imprescindible. Los desarrollos normativos deberían estar acorde con el avance de las tecnologías para poder ofrecer en tiempo real, y de una manera transparente, la información a los ciudadanos. El hecho de que se coloque la información por medios electrónicos no limita ni impide que se publique en otros soportes, teniendo en cuenta, que aproximadamente entre el 8% al 10% de la población esta conectada al Internet. Es pues una herramienta complementaria que en algún momento será la herramienta primaria para la comunicación entre el ciudadano y el gobierno.
2. Sobre la regulación del Internet/Sociedad de la Información
Primero lo primero: debemos determinar si es que el Internet tiene una regulación per se o si la requiere. De un tiempo a esta parte el desarrollo de la Sociedad de la Información ha implicado una suerte de “carrera legislativa” por establecer el “Marco Jurídico”. Se aduce que el Internet (no se habla de la sociedad de la información, en la mayoría de los casos), tiene que ser “regulada”, porque sino es un terreno de “nadie”.
Iñigo de la Maza en “Code and Other Laws of Cyberspace from Lawrence Lessig”1 hace una análisis extenso y pormenorizado de las ideas de Lessig que indica de la siguiente manera: “En trazos gruesos, el trabajo de Lessig pretende alertar sobre dos cosas, la primera de ellas es el hecho que la fisonomía de Internet ha cambiado, que se ha ido separando decididamente de la utopía libertaria de un espacio sin “reyes, presidentes y votaciones” (Lessig, 1999b, 4 supra nota 1) configurándose progresivamente como una arquitectura panóptica que posibilita el control perfecto. El segundo asunto que preocupa a este autor es explicar cómo ha sucedido esto; según Lessig, la causa pasa por la plasticidad de la arquitectura de Internet y los intereses del comercio y del gobierno.”
Lessig expone que el Estado no debe estar ajeno al proceso pero que la regulación de la estructura esta ligada al control de contenidos, lo que realmente se busca es el control del ciudadano que no quede como un individuo anónimo, se busca una Sociedad tal como lo expusiera H.G. Wells, lo cierto es que Lessig es bastante pesimista en su análisis, y hace hincapié en las motivaciones que pudieran tener los gobiernos, y los grupos de poder detrás de estos. Iñigo de la Maza concluye su análisis de Lessig indicando: “Lessig presenta una visión pesimista del futuro. Algunos han argumentado que su desconfianza en el mercado es excesiva y que la solución a los desafíos que presenta Internet no se encuentra en la decisión colectiva razonada y deliberativa, sino en la elección individual.2 Resulta difícil, al menos para mí, determinar si Lessig está en lo correcto o no; no basta que los argumentos de un libro sean consistentes y coherentes y que su autor los despliegue con elegancia e inteligencia, para determinar si corresponde o no a la realidad y, más aún, si sus pronósticos son certeros o no. Con todo, una cosa al menos parece cierta, si Lessig está en lo correcto, significa que una vez más vamos embarcados en el Titanic, pero esta vez, como advierte Paul Virilio, nos dirigimos al “accidente de los accidentes”3 y, como la primera, los botes salvavidas no son suficientes.”4
Concordamos en las “esperanzas” de Lessig, creemos que deberá haber una participación y una regulación, pero también tenemos en claro que el proceso debe ser analizado desde la perspectiva social, de un proceso social en evolución donde los conceptos del Derecho deberán ser revisados, desde los conceptos de Soberanía hasta los de Privacidad, pasando por todos los puntos intermedios, no hay peor miedo, que el miedo al cambio.5
Analicemos el Internet: ¿es un mundo anárquico donde no existen reglas?, ¿es el bastión tecnológico de aquellos que desean vivir al margen de las normas? ¿quién gobierna el Internet?
Internet esta rodeado de normas. Desde sus inicios los usuarios determinaron una serie de costumbres sociales que son fundamento y base para la convivencia en Internet. Este primer nivel de las normas del Internet se denominan Net-Etiquette 6 o Etiqueta de la Red, y son fundamentalmente dirigidas hacia el manejo del correo electrónico, pero luego se fueron ampliando a los demás ámbitos tipo chats o web. Un segundo nivel son las normas técnicas. Son lo que permite funcionar el Internet, las convenciones utilizadas porque se han validado en la práctica son el desarrollo de la IETF7 (The Internet Engineering Task Force)8, cuyas normas se denominan RFC, y que son el sustento de todo el sistema. Estas normas son abiertas, y se van mejorando con el tiempo y con la participación de todas. No están validadas por ningún acuerdo internacional, la IETF no esta ligado a ningún organismo supra-nacional, sin embargo sin las normas que han establecido no pudiéramos leer este artículo.
De la interacción entre usuarios y científicos, más una participación de los estados que tienen como misión el dar una validez jurídica a los entornos sociales, esa paz social que se busca siempre, el sistema debería funcionar adecuadamente. El gobierno del Internet no esta pues en una entidad o en un grupo de poder que pueda “eliminar” el recurso Internet (de hecho esto es lo más utópico del mundo). Los grupos de poder detrás de las especulaciones económicas y que han hecho creer que el Internet era la solución a los problemas económicos de países y personas no quieren dejar que el sistema avance, porque la libertad de las personas que puedan intercambiar información y en esquemas donde las Pequeñas y Medianas Empresas tendrían una mayor oportunidad de actuación, esta libertad de acción que promueve las economías rápidas y que generarían mayores recursos y adecuadamente distribuidos, no les son convenientes a las trasnacionales. Es claro que este fenómeno no es nuevo sino el más antiguo de todos, el control económico es el mejor control. Pero ¿qué sucede cuando los usuarios se revelan?, sucede que los modelos de grandes negocios no funcionan y que las normas que les intentan limitar se ven atacadas; y sucede que hay que replantearse los principios básicos de la economía. Negroponte hablaba de pasar de la economía de átomos a la economía de bits.
El sistema ha funcionado y funciona, y la presión de adentro del Internet por ser reconocidos como un espacio con una identidad propia, pero no por ello fuera de la realidad, esta avanzando. Pero también los que están afuera aguardan su oportunidad para poder tener acceso a la información, aunque de este tema, del tema de la brecha digital, y de los analfabetos digitales, que se deberá estudiar con el cuidado respectivo.9
Creemos importante destacar lo que explica Castells sobre lo que se ha transformado la Internet, en muchísimo más que la infraestructura, limitante de muchas de las políticas y propuestas normativas existentes, puesto que por mantener una neutralidad “tecnológica” en el análisis, determina que se elimine un análisis completo de la Sociedad Digital o Sociedad de la Información, donde se encuentra todo el proceso de nombres de dominio, no por decisión de las organizaciones involucradas sino por el proceso de desarrollo, donde son un elemento importante, pero no el único, ni mucho menos la “columna vertebral” como indica la Radicación.
Castells expone lo siguiente:
Internet es la sociedad, expresa los procesos sociales, los intereses sociales, los valores sociales, las instituciones sociales. ¿Cuál es, pues, la especificidad de Internet, si es la sociedad? La especificidad es que es constituye la base material y tecnológica de la sociedad red, es la infraestructura tecnológica y el medio organizativo que permite el desarrollo de una serie de nuevas formas de relación social que no tienen su origen Internet, que son fruto de una serie de cambios históricos pero que no podrían desarrollarse sin Internet. Esa sociedad red es la sociedad que yo analizo como una sociedad cuya estructura social está construida en torno a redes de información a partir de la tecnología de información microelectrónica estructurada en Internet. Pero Internet en ese sentido no es simplemente una tecnología; es el medio de comunicación que constituye la forma organizativa de nuestras sociedades, es el equivalente a lo que fue la factoría en la era industrial o la gran corporación en la era industrial. Internet es el corazón de un nuevo paradigma sociotécnico que constituye en realidad la base material de nuestras vidas y de nuestras formas de relación, de trabajo y de comunicación. Lo que hace Internet es procesar la virtualidad y transformarla en nuestra realidad, constituyendo la sociedad red, que es la sociedad en que vivimos. 10
3. El Gobierno Local Digital
Hay dos tipos de hombres:
“unos que no quieren ni gobernar por la fuerza a nadie ni
ser esclavos de otros, sino gobernarse equitativamente en libertad y
con leyes; otros, en cambio, que desean mandar sobre sus
conciudadanos y obedecer a una tercera persona.”
Demóstenes
Si hemos de entender el uso de las tecnologías por parte del
gobierno local, debemos tener claro que se trata de un poder ejercido
sobre una población determinada, en un territorio determinado,
y que respeta una legalidad mayor, que es la normativa
regional/provincial y la nacional/federal. Bajo
esta premisa, y teniendo al gobierno local y el uso de tecnologías
en el mismo, como eje de nuestro análisis, debemos indicar que
resulta siendo la mejor expresión posible de la democracia
dado que tiene las posibilidades de participación ciudadana
muchisimo más a la mano que los
procesos macro, entendiendo que se requiere el poder convocar a
determinada población circunscrita a determinado territorio, y
que en nuestras sociedades modernas, con mega ciudades, o países
altamente poblados, esto resultaría humanamente imposible (o
quizás no lo sea tanto, tal como veremos).
Es importante para nuestro análisis que establezcamos
claramente a que nos referimos con Digital, dado que es el
componente nuevo (algunos dirían novedoso), con respecto al
gobierno Local.
Lo Digital de la Realidad, o hacia la definición que se utiliza ahora “una digitalización de la información” está claramente definida por lo que Nicholas Negroponte, director del Media Lab, dice: “El mundo de los átomos está constituido por objetos que tienen volumen. Por ejemplo, un libro, un disco o una botella de agua. Cuando fundamos una biblioteca le ofrecemos a una persona que tome prestado los átomos que componen un determinado libro, los lleve a su casa y luego de unos días, los devuelva a su lugar original. El bit, en cambio, actúa como una señal de información que puede desplazarse a la velocidad de la luz. Así, cuando se digitaliza el contenido de un libro, se almacenan esos datos en una memoria computarizada y se entrega la información - vía bits- a cualquier ciudadano que lo solicite desde su terminal. Imagínese las ventajas de este sistema: millones de personas de cualquier parte del mundo pueden acceder a ese libro sin necesidad de trasladarse. Además todo el proceso se realiza a través de un medio que no contamina el ambiente. Creo que el cambio de un mundo pensado en átomos a otro basado en el intercambio de bits es una tendencia firme, imparable”.
Está clara pues la tendencia, en lo que se ha denominado Sociedad de la Información, que el uso de la Red de Redes (el Internet) crece de manera exponencial. En un principio se consideró que posiblemente el Internet terminaría siendo una individualización de cada uno de los usuarios, desprendiéndolos de sus características individuales para convertirlos en un todo homogéneo. Pero no resultó de este modo: el intercambio de información y el uso del Internet como herramienta de Educación y preservación de los hechos culturales ha dado un vuelco hacia un Internet social, en donde lo que prima es lo humano dentro de una colectividad, y no solamente el humano por el humano mismo. Podemos utilizar la herramienta para preservar, difundir y compartir los hechos culturales, sociales, para interactuar afectivamente o académicamente, o para actuar políticamente como es nuestro interés.
Esta definición de lo digital no implica que el objeto que deseamos “no exista en la realidad”, sino que tiene una nueva forma dentro de la realidad (se ha convertido en bits), con los beneficios que ello trae. Isaac Asimov planteaba la aparición de un mundo digital: “(…) Ahora, por ejemplo, me está visualizando; no puede tocarme, ni olerme, ni nada parecido. En cambio, si me estuviese viendo, podría hacerlo. En este momento, yo estoy a trescientos kilómetros de distancia por lo menos. ¿Cómo puede ser eso la misma cosa, dígame?”. (Isaac Asimov, El Sol Desnudo). Aquí se presenta una nueva definición que nos resultara útil: el tiempo digital, por ende y siguiendo los planteamientos de espacio-tiempo-histórico expuestos por Víctor Raúl Haya de la Torre, tendremos que habrá un espacio-tiempo digital nuevo que descubrir.
Cuando alguien accede al Internet se encuentra en un punto, el cual le servirá de “Portal” hacia la información que desea buscar, el sistema se establece por medio de vínculos (en especial en el sistema Web, dichos vínculos se denominan “links”). Desde un punto de vista físico no importa si los computadores conteniendo la información que uno está utilizando se encuentren en la habitación del costado o si se encuentran al otro lado del planeta. “La modificación de la percepción del tiempo y el espacio que esto supone, en relación a las experiencias que acumulamos en el mundo real, son obvias”. (Nelson Manrique, “La Sociedad Virtual”, pag. 249), por lo que lo digital es una forma de acceder a sitios donde no se podía, a información que no se tenía, o a conocimiento que no se había aprendido. Existe una limitante: se requiere que al menos un individuo haya colocado dicha información en formato digital. Y esta es la responsabilidad de aquellos que detentan el poder, basados en que el acceso a la información es el eje social por donde nos movemos dentro de la Sociedad de la Información. Se plantea la siguiente pregunta: ¿Requiere el Gobierno Local Digital de una legislación especializada? ¿Requiere de alguna determinada política pública?, o ¿no requiere de legislación especial para poder interactuar con los ciudadanos?.
4. El uso de las TICs en el Gobierno Local Digital
“El temor al cambio es el instrumento por el cual algunos
impiden el desarrollo de la Sociedad”
Dichos Pérdidos de Muadib.
Tras haber explorado lo que ocurre a nivel macro con la regulación del Internet, y como esta estaría insertada en los procesos políticos de un gobierno local, debemos responder a la pregunta si es necesario de alguna norma específica para que los ciudadanos puedan interactuar digitalmente con sus “gobernantes”. Para poder entender el rol de la Tecnología en el proceso del gobierno local, y en especial en la gestión pública de dicho gobierno podemos citar a Claudio Orrego, ex Secretario Ejecutivo del Comité de Modernización de la Gestión Pública de Chile, quien indica, que modernizar la gestión pública no es sino “instaurar por la vía de una acción integral y de impacto estratégico, un nuevo modelo de gestión en nuestra administración que nos permita avanzar en la creación de una cultura organizacional acorde con la dignidad inherente a la misión de la función pública de ponerse al servicio de la comunidad nacional.” Es claro entonces que el proceso de involucramiento de la tecnología en el proceso estatal, y en el especial gubernamental, esta ligado con el mejoramiento de la gestión y de los servicios del Estado. Entonces lo debemos entender, tal como expresa Rodolfo Herrera, que: “la tecnología es el medio habilitador y potenciador, mas no un fin en si mismo”.11
Bajo esta premisa de la tecnología como potenciador y habilitador desarrollamos nuestro análisis. Los gobiernos locales tienen mecanismos de participación ciudadana de diversos canales: Audiencias Públicas, Comités de Vecinos, participación directa, Foros Abiertos, Revocación de Funcionarios, entre otros. Asimismo los gobiernos locales interactúan con los ciudadanos brindando servicios que a su vez tienen que ser “pagados” a través de los arbitrios, alcabalas, impuestos prediales, etc. Existe una vinculación directa y que se ha utilizado desde años para la interacción ciudadano-gobierno local, más ¿el hecho de la presencia de TICs, el uso por parte del municipio es suficiente para su implementación?
Veamos algunas posibilidades. Primero el ciudadano que desea pagar sus arbitrios por medio de una página web. El Municipio implementa su plataforma web para pago electrónico, el mismo que se realiza por medio de pago con tarjeta de crédito, asumamos que utilizando un servidor seguro SSL y pasarela de pago SET. El ciudadano requeriría conectarse a alguna página web para hacer el pago usando su tarjeta de crédito, indicando el código de lo que desea pagar. La transacción completada se envía por correo electrónico al ciudadano.
¿Qué acciones se han realizado durante este proceso?. El hecho que un municipio desarrolle una página web y coloque información pública no requiere de una norma por si misma, sin embargo existen los principios constitucionales de transparencia de la información, y la libertad de acceso, que en la mayoría de constituciones de la región se encuentran. A eso le podemos agregar la legislaciones especificas sobre transparencia de la información que se han venido realizando en diversos países de la región. En conclusión no se requeriría de una legislación especial, sino la aplicación de las ya vigentes.
En los últimos años los mecanismos de pago de arbitrios han pasado de las acciones directas (pago en ventanilla) al pago mediante bancos (en convenio con los gobiernos locales) incluyendo las modalidades de débito automático de cuentas o pago en efectivo. La propuesta de un pago por medio de tarjeta de crédito en una pasarela de pago, que implicaría: a. que el banco tenga una cuenta en un banco (que de hecho la tiene para sus operaciones), b. segundo que permita el pago mediante uso indirecto de dinero (que lo permite en el pago por débito por medio de bancos); c. que asimismo considere realizada la transacción una vez depositado el monto en cuestión y emita una comprobación de la misma. Si se hace un sencillo análisis se ve que no se requeriría de una legislación especial, dado que la modalidad del pago de una obligación es libre entre las partes, siendo el pago por medio electrónico solamente una modalidad más.
Pero donde vienen los problemas es en el caso de conflicto. Asumamos que pagamos nuestros impuestos por medio digital, se emite nuestro comprobante electrónico, pero el gobierno local dice que no pagamos, porque no consta en su sistema dicho pago. Nosotros iremos a reclamar con nuestro e-mail (que es copia electrónica de la celebración del pago emitido por el sistema automático). El problema esta en la carga de la prueba y el valor de dicho documento de origen electrónico (si se imprime) o documento electrónico (si se reclama o se copia en un disquete y se presenta en dicho formato). Si el gobierno local no considera el valor probatorio de dicho documento pues sencillamente tendrá el ciudadano que ir al poder judicial, donde probablemente se encuentre con que la legislación nacional tampoco considera la validez del documento electrónico (aunque en algunas legislaciones al hablar de documento este esta referido en el sentido amplio, incluyendo el de origen electrónico). Es decir el problema estará en la comprobación en caso de conflicto, y que eventualmente requiera una adecuación, cuando no una interpretación, de la legislación vigente en cuanto a validez de documentos (y la naturaleza de los mismos). Más ¿qué hubiese pasado si existiera una legislación que implicará la validez de la manifestación de la voluntad por cualquier medio y/o la validez de los documentos en sentido amplio?, no hubiese conflicto posible, y el municipio debería aceptar dicha prueba que el ciudadano tendría el derecho de presentar en caso de conflicto.
Un segundo caso. Uso de plataformas digitales para participación ciudadana. Durante mucho tiempo nuestras democracias han presentado problemas de control, dado que el aumento de la población ha degenerado los mecanismos de participación a simples actos de elección, de esta manera ni los gobiernos nacionales ni los gobiernos locales resultaban otra cosa que sitios donde se elegían a personas durante un período y se les daba un cheque en blanco.
La posibilidad de espacios digitales permanentes web que puedan establecerse para informar, permitir los comentarios y generar espacios de diálogos, resultan siendo una posibilidad de volver a aquellos principios de la democracia ateniense, poner en una vigencia total las palabras de Aristóteles, encontrar la participación ciudadana como principio democrático real, no como simples electores sino agentes sociales. Las audiencias públicas tienen una reglamentación básica diseñada para la participación presencial así como las normas para la pre-publicación a nivel de papel, pero la posibilidad de pre-publicar sus proyectos en webs, o permitir la participación ciudadana digital no esta reglamentada per-se, sin embargo la reglamentación existente permite la participación de los ciudadanos.
Más que preocuparnos en la legislación para temas
digitales, son las políticas las que
deben establecerse para la participación ciudadana, para un
e-gobierno local real, para gobiernos
locales digitales que sirvan al pueblo y no se sirvan de el.
5. Primeras Conclusiones
“Lo que no beneficia al enjambre, tampoco beneficia a la
abeja”.
Marco Aurelio, Meditaciones.12
Podemos extraer las siguientes primeras conclusiones que nos permitirán avanzar hacia un adecuado estudio de la influencia de las TICs dentro del Gobierno Local y en especial el estudio de los marcos regulatorios aplicables.
El uso de TICs por parte del Gobierno Local ayuda a procesos de democratización, puesto que permite la interacción por parte de los pobladores con los gobernantes, siendo claro que su mayor ámbito de influencia sería en la función pública y en la interacción ciudadano-gobierno en relación a los servicios que el segundo le brinda al primero.
El E-gobierno Municipal como concepto de desarrollo constitucional esta en sus inicios; no implica solamente un proceso tecnológico sino fundamentalmente el proceso de modernización del Municipio, y de interacción con el ciudadano, es recomendable, por ello, analizar las conceptualizaciones de Business to Government y Citizen to Government, donde la legislación ya existente sobre Firmas y Certificados Digitales, y la relacionada a valor probatorio de los documentos tendrá especial importancia.
Son las políticas públicas las que deben primarse en los procesos de Sociedad de la Información antes que la regulación per se de dicha Sociedad, es decir debemos entender a la Sociedad de la Información no como un espacio distinto a donde vivimos sino un complemento de esta realidad, por lo cual la legislación existente es aplicable en la medida que el Internet (por ejemplo) resulta siendo un medio, más no un espacio distinta. Sin embargo entendemos que se debe completar la legislación, regulando los temas que no se hayan tratado previamente en una Sociedad no Digital.
6. Bibliografía
Aristóteles, “La Política”.
Aurelio, Marco. “Meditaciones”. 55, Libro VI. Planeta de Agostini. Argentina, 1994.
Castells, Manuel. Lección inaugural del programa de doctorado sobre sociedad de la información y del conocimiento en Universitat Oberta de Catalunya - UOC. <http://campus.uoc.es/web/cat/index.html>
Demóstenes. “Discursos Políticos”. En: Los Clásicos de Grecia y Roma, Planeta DeAgostini, Colombia, 1998.
Haya de la Torre, Victor Raúl. “Espacio-Tiempo
Histórico”.Fundación Navidad del Niño del
Pueblo VRHT, Lima, 1986.
Herrera Bravo, Rodolfo. “La modernización del
Estado a través de la regulación jurídica de las
tecnologías de Información, en especial del documento
electrónico y la firma digital”.
Iriarte, Erick. Sobre la realidad de hacer E-commerce II (o El
sueño del Control del Internet).
<http://www.alfa-redi.org/revista/data/48-1.html>
Mallorquí, José. El
Coyote: Seis Tréboles. Ediciones Forum, España 1983.
Maza, Iñigo de la. “Code and Other Laws of Cyberspace from Lawrence Lessig”. Alfa-Redi. <http://www.alfa-redi.org/revista/data/47-9.html>
* Director Ejecutivo de Alfa-Redi <http://www.alfa-redi.org>
1 Maza, Iñigo de la. “Code and Other Laws of Cyberspace from Lawrence Lessig”. Alfa-Redi. http://www.alfa-redi.org/revista/data/47-9.html
2 Ver, por ejemplo, Post (S/F). (Nota de Iñigo de la Maza)
3 En las palabras de Virilio:
en la actualidad, las nuevas tecnologías constituyen el vehículo para un cierto tipo de accidente que ya no es local y situado con precisión, como el naufragio del Titanic o el descarrilamiento de un tren, sino un accidente general, un accidente que involucra inmediatamente a la totalidad del mundo (1997, 14, itálicas en el original). (Nota de Iñigo de la Maza)
4 Maza, Iñigo de la. “Code and Other Laws of Cyberspace from Lawrence Lessig”. Alfa-Redi. http://www.alfa-redi.org/revista/data/47-9.html
5 “Al que vive en esta época e insiste en creer que puede portarse como si viviera en el pasado, le ocurre lo mismo que el que mira hacia atrás y camina hacia adelante: acaba tropezando y partiéndose la cabeza”. Cesar de Echagüe (José Mallorquí, El Coyote).
7 IETF: The Internet Engineering Task Force. Cuerpo Colegiado abierto de desarrollo de RFC’s para el mantenimiento del Internet
9
Iriarte, Erick. Sobre la realidad de hacer E-commerce II (o El sueño
del Control del Internet).
(http://www.alfa-redi.org/revista/data/48-1.html)
10 Lección inaugural del programa de doctorado sobre sociedad de la información y del conocimiento en Universitat Oberta de Catalunya - UOC.http://campus.uoc.es/web/cat/index.html
11 Rodolfo Herrera Bravo. “La modernización del Estado a través de la regulación jurídica de las tecnologías de Información, en especial del documento electrónico y la firma digital”.
12 Aurelio, Marco. “Meditaciones”. 55, Libro VI. Planeta de Agostini. Argentina, 1994.